Celaya, Gto.- En acuerdo con a la Dirección de Fortalecimiento Familiar del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia y la Dirección General del Registro Civil del Estado de Guanajuato, a través de los DIF Municipales se realizará la Primer Campaña de Regularización del Estado Civil de las Personas que inicia con la recepción de documentos del 1 al 31 de marzo del presente.

 

La campaña tiene por objetivo apoyar a las personas que no cuentan con recursos económicos apara realizar este tipo de trámites por lo que se aplicará un estudio socioeconómico para verificar que así sea.

 

Los trámites a realizar son los Siguientes:

 

Requisitos para REGISTRO DE NACIMIENTO

Solamente entran en el programa registros extemporáneos, mismos que se consideran después de los 60 días de nacido.

 

1. Constancia de inexistencia de registro de nacimiento del lugar de origen y residencia en original.

2. Fe de bautismo en original y copia

3. Constancia de nacimiento o certificado único en original.

> Cuando no se tenga fe de bautismo o constancia de nacimiento o certificado de nacimiento, se requiere:

* Una investigación elaborada por personal de trabajo social del DIF municipal, y si el solicitante tiene su domicilio en alguna comunidad, además deberá anexarse constancia expedida por el delegado municipal.

Cuando se trate de un menor de 5 años de quien se haya extraviado el certificado de nacimiento, se requiere:

* Que el interesado haga su denuncia en el Ministerio Público, y presente las copias de la misma al Centro de Salud u Hospital correspondiente, para que le entreguen una copia certificada.

4. Original y copia de las actas de nacimientos de los padres, en caso de madre soltera solamente la de ésta.

5. Original y copia del acta de matrimonio si los padres están casados.

6. Identificación oficial con fotografía de los padres o del que comparezca, en original y copia.

A falta de ella se pueden identificar con una carta credencial expedida por DIF municipal, o por una carta de residencia expedida por Presidencia Municipal.

7. Comprobante de domicilio en original y copia, si el domicilio de la identificación oficial no está actualizado.

8. Para los casos de adultos mayores sin registrar anexar al expediente: 2 fotografías de frente tamaño infantil a color recientes, acta de matrimonio, actas de nacimiento de los hijos, actas de nacimiento de los nietos, recibos de servicios (agua o luz), copia de escrituras de bienes inmuebles, recibos de cuenta predial, certificados de estadios, documentos de seguridad social y cualquier documento jurídico a nombre de la persona sin registrar.

 

Los menores de edad que quieran registrar a sus hijos, deberán presentar además:

1. Original y copia de identificación oficial con fotografía de sus padres y que comparezcan el día de registro a dar consentimiento.

2. A falta de uno o ambos padres o por su negativa injustificada, se requiere la autorización judicial.

 

Requisitos para el REGISTRO DE MATRIMONIO.

Que se trate de parejas que ya tengan hijos en común o que vivan en concubinato.

 

1. Original y copia de actas de nacimiento de los contrayentes.

2. Original y copia de acta de defunción o de divorcio o acta de matrimonio con la anotación de divorcio, si alguno de los contrayentes es viudo o divorciado.

3. Original y copia de identificación oficial con fotografía de los contrayentes.

* A falta de ella se pueden identificar con una carta credencial expedida por DIF municipal, o con una carta de residencia expedida por presidencia municipal.

4. Original y copia del comprobante de domicilio, si el de la identificación oficial no está actualizado.

5. Original de la carta de convivencia expedida por el DIF, que contenga la leyenda “carta de convivencia exclusivamente para contraer matrimonio”

6. Original y copia de la clave CURP de los contrayentes.

7. Original y copia de identificación oficial con fotografía de dos testigos por cada contrayente o dos si los conocen a ambos.

8. Constancia de inexistencia de registro de matrimonio del lugar de origen de residencia, expedidas por la Dirección General del Registro Civil correspondiente.

 

En caso de que los contrayentes o uno de ellos tengan menos de 18 años y más de 16, se requerirá:

* Dispensa judicial y autorización de quienes ejerzan la patria potestad, los que deberán de presentarse el día de la celebración del matrimonio con su identificación oficial para dar consentimiento.

 

Requisitos para RECONOCIMIENTOS

Deberán acudir a la oficialía en la que se encuentre asentado el registro de nacimiento a efecto de llevar a cabo la anotación.

 

1. Original y copia del acta de nacimiento del reconocedor.

2. Original y copia del acta de nacimiento del conocido.

3. Original y copia de la identificación oficial de la persona que da el consentimiento y del reconocedor

4. Original y copia de la identificación oficial del reconocido, en caso de ser mayor de edad.

 

Los menores de edad que quieran reconocer a sus hijos, deberán presentar además:

 

1- Original y copia de identificación oficial con fotografía de sus padres y que comparezcan el día del reconocimiento a dar consentimiento.

2- A falta de uno o ambos padres o por su negativa injustificada, se requiere la autorización judicial.

 

Se tiene programada una segunda campaña la cual, será del 1 al 31 de agosto de 2017.

 

Para la entrega de documentos y cualquier inquietud adicional, serán atendidas en las oficinas de la Procuraduría Auxiliar en Materia de Asistencia Social del DIF Celaya, ubicada en la calle Campeche esquina con Pachuca, en la colonia Villa de los Reyes. Teléfono 61 2 66 16, de 8:30 a 15:30 horas.

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